Sentencias judiciales

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Esta sección aloja un archivo de sentencias judiciales por Crímenes de Estado dictadas en diferentes países y una base de datos con estadísticas sobre el proceso de juzgamiento en el caso argentino, desde la reapertura de las causas en 2005 hasta la actualidad.

Durante todo el siglo XX y lo que va del siglo XXI, en distintos países y continentes, los Estados han desplegado procesos represivos masivos contra su población cualitativamente distintos de la represión clásica, tanto en su magnitud como en sus consecuencias. Los efectos de estos crímenes dejan profundas marcas materiales y simbólicas en las sociedades que los han sufrido. La posibilidad de acceso a la justicia contribuye a los largos y complejos procesos de elaboración que esas sociedades deben atravesar. El objetivo de este acervo es aportar al proceso de juzgamiento poniendo a disposición de investigadores, activistas, operadores judiciales y público en general las sentencias judiciales existentes a la fecha.

CONTENIDO DE LA BASE DE DATOS

Actualmente, el archivo contiene sentencias por crímenes de Estado dictadas en Argentina, Chile, Camboya, Bangladesh y Bosnia. Para cada fallo se desarrolla una ficha técnica que contiene los datos de registro de cada causa (número, carátula o rótulo de identificación, fecha de emisión de la sentencia, imputados y condenados, etc.) y una sistematización de la calificación jurídica de los hechos y la caracterización histórico sociológica. La selección de variables responde a las preguntas de investigación que desarrolla el equipo y a intereses y necesidades manifestados por investigadores asociados, organizaciones sociales y operadores judiciales.

Esta ficha técnica permite la búsqueda y recuperación de información mediante un sistema de índices y se cuenta, además, con un motor de búsquedas simples y complejas. Las variables contempladas en las fichas técnicas son las referencias en base a las cuales se construyen las estadísticas sobre el proceso de juzgamiento en Argentina, que también se ponen a disposición en este sitio. Los datos estadísticos corresponden a todas las sentencias dictadas en el país desde 2006 hasta junio 2019, y tienen una actualización semestral.

REFERENCIAS METODOLÓGICA

El criterio común que se ha tomado para la inclusión de sentencias en este acervo es que correspondan a la instancia judicial en que se valoran los hechos y se determinan las responsabilidades sobre los imputados. No se encuentran disponibles las instancias de investigación previas ni tampoco las resoluciones de los tribunales de alzada, en los casos en que hubieran.

La ficha técnica se construye a partir de la información que se encuentra en la parte resolutoria del fallo (sentencia o veredicto) y en su fundamentación. Ambos documentos se encuentran disponibles para la descarga; en algunos casos por separado, en otros, como parte de un mismo archivo.

A continuación, se explicitan las definiciones y criterios de carga en cada una de las categorías que integran la ficha técnica:

  1. Datos nominales y de referencia de la causa:
  1. Carátula: nombre identificatorio que se le asigna a la causa. Según las características de cada país y tribunal, puede estar compuesta por un código alfa numérico, la mención de las partes y el motivo del litigio.
  2. Número de causa: independientemente de la carátula, las causas se identifican mediante un número que se utiliza para su registro en el sistema judicial. Este número puede o no ser parte de la carátula.
  3. Tribunal: nombre completo y desplegado del tribunal que lleva adelante la causa.
  4. Fecha de la sentencia: fecha en que se emite la sentencia expresada en DD/MM/AAAA. Cuando la parte resolutiva y la fundamentación son pronunciadas en diferido, se consigna la fecha de la parte resolutiva.
  5. Datos de contenido de la causa y de su sentencia
  1. Objeto de la causa: hechos que se juzgan. En el caso argentino, las causas suelen tomar como criterio de agrupación de los hechos a juzgar el lugar de detención al que fueron conducidas las víctimas. Por eso, las causas llevan por nombre ciertos campos de concentración o circuitos represivos (ESMA, Campo de Mayo, Vesubio, etc.). En estos casos, la información de esta variable será idéntica a la siguiente (campo de concentración). En otros casos, las causas judiciales se ordenan por tipo de práctica represiva (apropiación de menores, delitos sexuales, etc.) o por episodios que no transcurren dentro de lo que hemos definido como campo de concentración (puede tratarse de un operativo determinado, hechos ocurridos en la vía pública, masacres o asesinatos masivos).
  2. Campo de concentración:  las discusiones sociológicas acerca de qué es un campo de concentración son extensas y hay muchas definiciones. En esta base hemos considerado campo de concentración a todo lugar de detención clandestina y a las acciones que desarrollan los perpetradores asignados allí. La clandestinidad refiere a la situación de los detenidos y no necesariamente al lugar físico de detención, por eso se incluyen dependencias policiales o penitenciarias que a priori no fueron clandestinas pero que alojaron detenidos ilegalmente. Esta definición amplia procura incluir dependencias con distintas funciones dentro del aparato represivo, como establecimientos de tránsito o estadía, de trabajo, de concentración o aniquilamiento, entre otras posibles distinciones. En esta categoría hemos consignado a todas ellos sin distinciones.
  3. Cantidad de imputados y condenados: se consigna la cantidad de imputados y condenados que constan en la sentencia judicial y sobre los que el tribunal define situación procesal. Como en Argentina no existen juicios en ausencia de los imputados ni tampoco puede dictarse sentencia contra alguien que ha fallecido, pueden existir diferencias entre la cantidad de imputados al inicio de las causas y la cantidad que se consignan en esta categoría.
  4. Nombre de los imputados y los condenados: apellido y nombre con mayúsculas, minúsculas y tildes de acuerdo a lo consignado en las sentencias.
  5. Cantidad de absueltos: se registra la cantidad de imputados que han obtenido absoluciones totales. Si un imputado es condenado por algunos hechos y absuelto por otros, no será contabilizado dentro de esta variable.
  6. Cantidad de casos de la causa: se consignan la cantidad de víctimas por las cuales se acusa a los imputados.
  7. Calificación jurídica: existen distintas figuras del derecho internacional para juzgar los crímenes de Estado. Las principales son crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad (Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, 1998) y genocidio (Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio, 1948). Además, en el juzgamiento de casos nacionales se han utilizado en ocasiones figuras asociadas a “delitos comunes” establecidos en los respectivos códigos penales de cada país. Esta variable consigna cuál de esas figuras es utilizada para dar marco a los delitos particulares y sus categorías posibles son: delitos de lesa humanidad, genocidio, crímenes de guerra, o delitos comunes.
  8. Conceptualización histórica: además de optar por una calificación jurídica, las sentencias analizan el contexto en el que se desarrollan los hechos particulares bajo juzgamiento. Las investigaciones del Centro de Estudios sobre Genocidio analizan las representaciones que subyacen en el modo de comprender el proceso histórico agrupando las sentencias en tres grupos: guerra, lesa humanidad o genocidio. Para un desarrollo teórico conceptual de estas representaciones ver: Feierstein, Daniel “Memorias y representaciones. Sobre la elaboración del genocidio II”- Ed. Fondo de Cultura Económica, 2012, Cap. IV.

Palabras clave: se consignan temas específicos abordados en el proceso de juzgamiento considerados relevantes para las investigaciones del CEG, tales como delitos sexuales, trabajo esclavo, apropiación de menores y civiles. En algunos casos se consignan, también, los nombres por los que popularmente se conocen los hechos juzgados para permitir su búsqueda, por ejemplo: “Operativo Independencia” y “Masacre de Trelew”.